[DerechoalaCiudad] Distrito Joven: UNA LEY A MEDIDA DE EMPRESARIOS Y DEL ORGANIZADOR DE LA FIESTA TIME WARP
Observatorio del Derecho a la Ciudad
derechoalaciudad en lists.resist.ca
Mar Abr 26 11:48:43 PDT 2016
*[image: Imagen integrada 3] [image: Imagen integrada 4]*
*DISTRITO JOVEN*
*UNA LEY A MEDIDA DE EMPRESARIOS Y DEL ORGANIZADOR DE LA FIESTA TIME WARP*
*Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de abril de 2016*.
AQUÍ INFORME COMPLETO
<https://es.scribd.com/doc/310529701/2016-04-Abril-23-Distrito-Joven>
*INTRODUCCIÓN*
La Concesión del Complejo Costa Salguero y las explotaciones comerciales
que allí se realizan no son las únicas ubicadas en la Costanera Norte de la
Ciudad de Buenos Aires que son ilegales por no respetar el Código de
Planeamiento Urbano de la Ciudad (CPU).
A los largo de la Costanera Norte se repiten las mismas ilegalidades e
irregularidades que ingresaron en la agenda pública en virtud de los hechos
trágicos en Costanera Norte. Durante varias décadas se explotaron boliches,
salones de eventos y restaurantes a precios irrisorios, sobre predios
destinados a parques públicos, otorgando permisos y concesiones sobre
terrenos de la Ciudad destinados a espacios verdes algo que está
absolutamente prohibido y ocupando vía pública.
Luego de denuncias públicas reiteradas y presentaciones judiciales que
denunciaron estas ilegalidades, el año pasado (2015) a través de una serie
de decretos se trato se *subsanar algunas de éstas ilegalidades convocando
a licitación pública para concesionar ocho predios[1]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftn1>
por 5 años*[2]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftn2>.
Uno de los concesionarios ganadores de la licitación del predio ubicado en
la Av. Rafael Obligado N° 1651 conocido como Pacha es *Dell Producciones
S.A., la empresa organizadora de la fiesta electrónica Time Warp cuyo
presidente se encuentra prófugo de la Justicia. *
Estas concesiones sólo lograron actualizar el canon insignificante que
pagaban las empresas por explotar predios públicos pero *no subsanaron las
siguientes ilegalidades* que también son compartidas con el resto de las
explotaciones comerciales de la zona (*Pacha, Rosebar, Tequila, Gardiner,
Aquellos Años, Rodizio, Siga La Vaca, Brandy, Happening, Azul Profundo el
Palacio de las Papas Fritas, Los Platitos*):
Ø Todos estos locales se *encuentran en predios* que la Legislatura de la
Ciudad estableció por ley que deben ser *destinados a espacios verdes y
grandes parques*. Es decir, que fueron zonificados como Urbanización Parque
(UP). Este distrito establece dos mandatos: que sus áreas deben ser
destinadas a espacios verdes y que deben ser de acceso y uso público. *Ninguno
de estos locales explota actividades compatibles con el distrito UP*. Por
ejemplo, *Pacha, Rosebar, Tequila, Gardiner y Rodizio se encuentran dentro
del Parque de las Américas*.
Ø La *Ordenanza N° 46.229*[3]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftn3>
del
año 1993 agrega una *NUEVA CONDICIÓN* que debe respetarse en los Distritos
UP. En su art. 1 establece que desde su promulgación está *prohibido
otorgar concesión,* cesión transferencia de dominio, tenencia precaria *permiso
*de uso ni cambio de destino de todo espacio destinado a parque, plazas,
plazoletas y de todo otro *espacio verde de uso público*, se encuentre
parquizado, jardinizado o no, perteneciente *al dominio público municipal*. En
consecuencia, los predios zonificados como UP no sólo deben ser públicos y
espacios verdes* tampoco pueden ser concesionados ni permisionados, es
decir, privatizados. El GCBA en algunos casos otorgó permisos en forma
anual y en otros concesiones por 5 años en absoluta violación a esta
ordenanza. *
Ø Ocupación de vía pública. Un ejemplo flagrante de la ocupación del
camino de ribera por parte del restaurante Rodizio. Situación prohibida por
el Código Civil y la Constitución de la Ciudad.
En consecuencia, el GCBA previendo futuras acciones judiciales decidió
remitir a la Legislatura el *proyecto de ley N° 2464-J-2015* con el fin de
desafectar estos predios del Distrito UP y rezonificarlo como *Distrito E4
- Distrito Joven* - Equipamiento Esparcimiento. Además, autoriza a
concesionar estos predios por un plazo de hasta diez (10) años. De esta
forma, la Legislatura permite este tipo de explotaciones comerciales en
dichos predios y autoriza que sean privatizados, dos situaciones prohibidas
actualmente y que no son respetadas con asentimiento del GCBA.
Este proyecto fue aprobado en primera lectura el día 3 de diciembre de 2015
y la audiencia pública se realizó el día 19 de abril de 2016.
[image: Imagen integrada 1] [image: Imagen integrada 2]
A pesar de décadas de tolerancia a estas ilegalidades por parte del GCBA y
privatizaciones realizadas únicamente para favorecer la renta de privados,
el Poder Ejecutivo de la Ciudad *impulsa una ley hecha a medida de que los
empresarios sigan beneficiándose de la tierra pública. *Este es el
principal objetivo a pesar de que se presente al Distrito Joven como es un
proyecto productivo, urbano, social y de recreación que apunta,
principalmente, a jóvenes de entre 15 y 29 años pero que, en varias de sus
facetas, podrá ser disfrutado por todos los ciudadanos. Integra aspectos
culturales, deportivos, artísticos, de diversión diurna y nocturna, segura,
de disfrute gastronómico y de desarrollo de emprendedores.
Ø La *Ciudad tiene déficit de espacios verdes.* En el pulmón sur de la
ciudad se perdieron más de 100 hectáreas de espacios verdes públicos. Ahora
con este proyecto se avanza en la pérdida de espacios verdes en el pulmón
norte de la Ciudad. *Con el Distrito Joven se pierden aproximadamente cinco
(5) hectáreas de tierras destinadas a parques sin establecer ningún tipo de
compensación ambiental*.
Ø La *Constitución de la Ciudad y el Plan Urbano Ambiental ordenan que
debe incrementarse los espacios públicos verdes de acceso libre y gratuito*
y, en particular que debe recuperarse las áreas costeras. Este proyecto del
Distrito Joven va en una dirección diametralmente opuesta.
Ø El Distrito Joven viene a ser una *especie de amnistía* que viene a
sellar todos estos años de tolerancia y connivencia por parte del Poder
Ejecutivo de las ilegalidades detalladas. La prioridad de la Legislatura de
la Ciudad debería ser *primero instar a la Auditoría que analice las
concesiones y permisos otorgados en estos predios las últimas décadas y
luego abrir un debate social profundo sobre la necesidad de privatizar
tierras públicas y el destino de éstas.*
*Contacto*:
*Observatorio del Derecho a la Ciudad*:
observatorioderechoalaciudad en gmail.com
Jonatan Baldiviezo: (011) 15 3655-3465
* Asociación por la Justicia Ambiental*:
justiciaambientalarg en gmail.com
Tato Arce: (011) 15 6828-6011
*Concesión/ Concesionario*
*Superficie / Normativa*
*Fecha de Vencimiento/ Estado del permiso o concesión*
*Monto del Canon*
*1. PACHA *
Concesionaria Dell Producciones S.A.
Av. Rafael Obligado 6151.
(Ex Concesionaria Pacha Buenos Aires S.A.)
Superficie: 1982,54 m2.
La superficie aproximada es de 2.401,50 m² cubiertos, 1.230,90 m2
descubiertos y 228,70 m2 semicubiertos.
DISPOSICIÓN Nº 383/GCABA/DGIUR/16
Autoriza desde el punto de vista urbanístico, la localización del uso
"Local de Baile Clase C.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
*RESOLUCIÓN Nº 396/GCABA/MDEGC/15*
Adjudica la concesión a la firma DELL PRODUCCIONES S.A. por el término de
cinco (5) años.
Inicio: 30/07/2015
Vto. 31/07/2020
$ 197.000
*2. ROSEBAR*
Concesionaria Villamat
Av. Rafael Obligado 6201.
(Ex Pizza Banana - Ex Concesionaria Pecben S.A.)
La superficie aproximada es de 1.104,80 m2 cubiertos, 143,50 m2
descubiertos y 20 m2 semicubiertos.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
Inicio:
Vto. 30/04/2021
Plan Obra
*3. TEQUILA*
Concesionaria Bruc & Bruc S.A.
Av. Rafael Obligado 6211.
La superficie aproximada es de 306 m2 cubiertos, 106,30 m2 descubiertos,
6,30 semicubiertos y un estacionamiento de 768 m2.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
*RESOLUCIÓN Nº 395/GCABA/MDEGC/15*
Adjudica la concesión a la firma Bruc & Bruc S.A., por el término de cinco
(5) años.
Inicio: 30/07/2015
Vto. 31/07/2020
$ 59.000
*4. GARDINER*
Concesionario Food Co. S.A.
Av. Rafael Obligado 6311.
Superficie aproximada es de 886,10 m² Cubiertos, 576,60 m2 descubiertos y
un estacionamiento de 1.774,70 m2.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
*RESOLUCIÓN Nº 391/GCABA/MDEGC/15*
Adjudica la concesión a la firma Food Co. S.A. por el término de cinco (5)
años.
Inicio: 30/07/2015
Vto. 31/07/2020
$ 150.000
*5. AQUELLOS AÑOS*
Concesionario Julio Marcelo Paz.
Av. Rafael Obligado 6350.
La superficie aproximada es de 1.180 m2 cubiertos, 310 m2 descubiertos y 45
m2 semicubiertos y un Estacionamiento de 1.960 m2.
PERMISO DE USO PRECARIO y ONEROSO. Expediente Nº 14.649/2008. Convenio de
Permsio de Uso Precario y Oneroso - (vigencia: 10/09/2011 - 31/12/2014).
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
Inicio: 11/09/2008
Vto. 31/12/2014
$ 165.000
*6. RODIZIO*
Concesionario Maillol S.A.
Av. Rafael Obligado 6551.
La superficie aproximada es de 1.872,80 m2 cubiertos, 1.142 M2
descubiertos, 52,80 m2 semicubiertos y un estacionamiento de 1.654,80 m2.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
*RESOLUCIÓN Nº 407/GCABA/MDEGC/15*
Adjudica la concesión a la firma Maillol S.A. por el término de cinco (5)
años.
Vto. 01/06/2020
$ 215.000
*7. KIOSCO ESPIGON ABANICO*
Concesionario Interservice Servicios Empresarios S.A.
Av. Rafael Obligado 6745.
PERMISO DE USO PRECARIO y ONEROSO. 1) Resolución 1931/MHGC/2007
(Adjudicación). 2) Contrato de Concesión (Sin fecha) *Renovación automática
del canon - 5% anual - Cláusula Cuarta. 3) Disposición 407/DGConc/2008 -
Redeterminaicón del Canon. 4) Expediente Nº 1.078.396/2010 (Convenio). 5)
21/12/2012 - Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso (Vencimiento:
10/12/2015).
Inicio: 16/11/2007
Vto.10/12/2015
$ 10.000
*8. SIGA LA VACA*.
Concesionaria Dique Sur S.A.
Av. Rafael Obligado 6880.
(Ex Concesarionaria El Mirasol del Puerto S.A.)
La superficie aproximada es de 656,50 m2 cubiertos, 431,50 m2 descubiertos,
y un estacionamiento de 272,60 m2.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
*RESOLUCIÓN Nº 394/GCABA/MDEGC/15*
Adjudica la concesión a la firma Diquesur S.A. por el término de cinco (5)
años.
Inicio: 30/07/2015
Vto. 31/07/2020
$ 65.000
*9. BRANDY *
Concesionaria Brandy Club.
Av. Rafael Obligado 6920.
*(Ex Padrino - Concesionario Leregres S.A.)*
Vto. 31/05/2020
$ 95.000
*10. HAPPENING*
Concesionaria Happening S.A.
Av. Rafael Obligado 7030.
PERMISO DE USO PRECARIO y ONEROSO. Expdiente Nº 1.084.431/2010 (Convenio).
Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso - (Suscripto: 28/11/2012 -
Plazo: 14/11/2012 al 10/12/2015).
Inicio: 16/11/2007
Vto.10/12/2015
$ 100.000
*11. AZUL PROFUNDO*
Concesionario Victoria City Srl.
Av. Rafael Obligado 7070.
(Ex local Bahamas - Ex Concesionaria Pecben S.A.)
La superficie aproximada es de 757,60 m2 cubiertos, 382,90 m2 descubiertos
y un estacionamiento de1.472,20 m2.
DISPOSICIÓN Nº 5/GCABA/DGCONC/15
Convoca a Licitación Pública.
Vto. 01/11/2020
$ 110.000
*12. EL PALACIO DE LA PAPA FRITA*
Concesionaria Lavalle 735 S.A.
Av. Rafael obligado 7180.
CONVENIO DE PERMISO DE USO PRECARIO y ONEROSO. Expediente Nº
1.160.968/2010. Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso(20/12/2012)-
(Vencimiento: 10/12/2015)
Inicio: 18/07/2007
Vto.10/12/2015
$ 65.000
*13. LOS PLATITOS*
Concesionaria Analos S.A.
Av. Rafael Obligado 7350.
PERMISO DE USO PRECARIO y ONEROSO. Expediente Nº 1.085.380/2010. Convenio
de Permiso de Uso Precario y Oneroso (13/11/2012-10/12/2012).
Inicio: 16/11/2007
Vto. 10/12/2015
$ 105.000
------------------------------
[1]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftnref1>
Decretos Nº 502/GCBA/2014, Nº 503/GCBA/2014, Nº 504/GCBA/2014, Nº
505/GCBA/2014, Nº 506/GCBA/2014, Nº 507/GCBA/2014, Nº 508/GCBA/2014, y Nº
509/GCBA/2014.
[2]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftnref2>
http://observatoriociudad.org/?s=noticia&n=36
[3]
<file:///G:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20del%20Derecho%20a%20la%20Ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/ART%C3%8DCULOS%20CARGADOS/2016%20-%2004%20-%20abril%20-%2023%20-%20Distrito%20Joven.doc#_ftnref3>
Por
el año 1993, el Concejo Deliberante, reconoció la problemática de la
pérdida de espacios verdes en la Ciudad era un problema necesario a
resolver para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad y
el ambiente urbano.
Para ello decidieron adoptar un mecanismo de recuperación y protección de
espacios verdes y sancionaron la Ordenanza N° 46.229. La herramienta
institucional elegida consistió en prohibir la concesión o permiso de todo
espacio destinado a espacio verde (Distritos Urbanización Parque). De esta
forma, se garantizaba jurídicamente que estos espacios no fueran
privatizados por el Poder Ejecutivo y se cumpla con el destino establecido
en el Código de Planeamiento.
Por otra parte, se prohibió también el cambio del destino de los espacios
destinados a espacios verdes públicos. Esta ordenanza está acorde con la
regulación de los Distritos Urbanización Parque (UP) que dispone el Código
de Planeamiento en el que se establece el carácter de uso público de los
distritos UP, (no privatizables) y su destino a constituir espacios verdes.
--
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