[DerechoalaCiudad] LOS ESTADIOS DE FÚTBOL DE LA CABA SIN AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR

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Vie Mayo 29 15:57:45 PDT 2015


 [image: Imagen integrada 1]



Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de Mayo de 2015.



*LOS ESTADIOS DE FÚTBOL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SIN AUTORIZACIÓN PARA
FUNCIONAR*



Se adjunta INFORME TÉCNICO
<https://es.scribd.com/doc/267069760/2015-05-Mayo-29-EIA-y-Estadios-de-Futbol-Version-Final>



En la Ciudad de Buenos Aires en los últimos años la discusión de los
estadios de fútbol y las actividades que en ellos se realizan ha ingresado
nuevamente con intensidad en la agenda de la planificación urbana de la
Ciudad.



Así, los vecinos del Barrio de Núñez desde principios de este siglo
profundizaron las denuncias sobre los impactos negativos de la utilización
del estadio del *Club River Plate* como asiento de eventos musicales
locales e internacionales. Este estadio fue inaugurado en el año 1938. En
esa época el estadio estaba rodeado de tierras sin construir y pantanos.
Actualmente de residencias y en sus cercanías se encuentran instalaciones
universitarias[1]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn1>.
La modificación en los usos del estadio y las radicales transformaciones
urbanas de sus alrededores están dando lugar a conflictos permanentes aún
no resueltos[2]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn2>
.



Por otra parte, el reclamo de los hinchas del *Club Atlético San Lorenzo de
Almagro* para que el estadio retorne al barrio de Boedo, que fue escuchado
por la Legislatura porteña, ha generado resistencia de los vecinos[3]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn3>
de los alrededores del inmueble ubicado en la Avenida La Plata 1624, entre
Las Casas e Inclán. A través de la ley Nº 4.384[4]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn4>
se ordenó la expropiación de este predio cuyo titular es Carrefour y en el
que se encuentra construido un hipermercado. Se creó el Fideicomiso "Club
Atlético San Lorenzo de Almagro" encargado de pagar la indemnización por la
expropiación con los aportes del Club y de sus socios. El inmueble quedará
bajo el dominio de ésta institución quién tiene decidida construir un nuevo
estadio allí. La instalación de un estadio en plena área residencial hace
insoslayable que exista una evaluación de sus impactos y plena
participación de los futuros afectados.



Por último, el *Club Atlético Boca Juniors* ha impulsado proyectos de ley
en la Legislatura porteña para construir un nuevo estadio en los terrenos
conocidos como Casa Amarilla[5]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn5>;
el *Club Atlanta* está finalizando la construcción de un micro estadio[6]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn6>;
y se ha anunciado la construcción de un micro estadio en la *manzana N° 66*
[7]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn7>
(manzana entre las arterias de Jujuy, Belgrano, Catamarca y Moreno).



*Los actividades de los estadios producen un incremento notable del tráfico
de autos, traslado y concentración de una cantidad ingente de personas en
un plazo temporal reducido, incremento de las intensidades de los ruidos y
vibraciones, en definitiva, situaciones que exigen una logística especial,
adecuación de los servicios y preparación de las áreas urbanas afectadas
por estas afluencias.*



Estas actuales situaciones tienes varias instancias institucionales para
ser discutidas y evaluadas por la sociedad porteña. Una de las principales
instancias es el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental en el cual se
evalúa los impactos ambientales y sociales de una actividad o
emprendimiento, se busca formas de atenuación de éstos o se decide la
imposibilidad de otorgar su autorización. Este proceso de acuerdo a la ley
Nª 123 debe permitir la participación ciudadana a través de la realización
de una Audiencia Pública, donde las voces, denuncias y propuestas de los
futuros afectados deben ser escuchadas y obligatoriamente analizadas.



Esto nos lleva a indagar si el GCBA está impulsando este proceso
institucional-técnico de Evaluación de Impacto Ambiental como mecanismo
adecuado para afrontar y resolver estos conflictos urbanos originados por
la construcción y funcionamiento de estadios.



Según información del Gobierno de la Ciudad, *los estadios de fútbol
ubicados en la Ciudad de Buenos Aires, salvo el **Club Atlético Vélez
Sársfield, no cuentan con Certificado de Aptitud Ambiental vigente,* lo que
implica que no han cumplimentado cada una de las etapas de la Evaluación de
Impacto Ambiental.



*Los estadios deben obtener el Certificado de Aptitud Ambiental otorgado
por la Agencia de Protección Ambiental (APrA)* como condición previa para
el desarrollo de actividades y, en consecuencia, para alcanzar la
habilitación definitiva[8]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn8>.
Ésta autorización resulta imprescindible para que los estadios de fútbol,
como cualquier otra actividad considerada de impacto ambiental con
Relevante Efecto, puedan funcionar sin violar las normas ambientales de la
Ciudad.



De acuerdo a información proporcionada por la Agencia de Protección
Ambiental (APrA)[9]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftn9>,
sólo dos estadios (el Estadio y Complejo Deportivo Club Atlético Boca
Juniors y el Estadio y Campo de Deportes del Club Atlético Vélez
Sársfield) obtuvieron
el Certificado de Aptitud Ambiental, encontrándose vencido el del Club
Atlético Boca Juniors.



Esta situación constituye una ausencia de evaluación de las actividades
desarrolladas en los estadios y un impedimento a la ciudadanía de
participar en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental a fin de
advertir sobre impactos ambientales negativos en su barrio o proponer
alternativas de mitigación de éstos.



Los estadios de fútbol constituyen una de las actividades de mayor impacto
ambiental en la Ciudad, por lo tanto, *el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires debería controlar con mayor énfasis qué estos cumplan con las normas,
entre ellas, la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental luego de la
realización del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental con
participación ciudadana a través de audiencias públicas. Esta omisión
produce desconfianza respecto al tratamiento que se dará a las discusiones
sobre los impactos sociales y ambientales negativos que los futuros
estadios impulsados por distintos clubes generarán. *




INFORME TÉCNICO
<https://es.scribd.com/doc/267069760/2015-05-Mayo-29-EIA-y-Estadios-de-Futbol-Version-Final>


*Contacto*: 15-3655-3465

*Mail*: observatorioderechoalaciudad en gmail.com

*Twitter*: @obs_der_ciudad <https://twitter.com/obs_der_ciudad>

*FB*: https://www.facebook.com/ObservatorioDerechoalaCiudad

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[1]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref1>
Por ejemplo, edificios de la Universidad Torcuato Di Tella y de facultades
de la Universidad de Buenos Aires.

[2]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref2>
Los vecinos denuncian que los edificios oscilan a causa de las vibraciones
del Estadio Monumental y que esto genera daños y rajaduras en los
edificios. También que las personas sufren mareos, ataques de pánico y
nauseas.

Ver https://www.youtube.com/watch?v=2e1gYk9e0Go

[3]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref3>
https://www.facebook.com/pages/Los-vecinos-de-Boedo-NO-queremos-un-Estadio-de-Futbol-en-el-barrio/431120563577000?sk=timeline&ref=page_internal

[4]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref4>
Sanción:
15/11/2012

Promulgación: Decreto Nº 579/012 del 10/12/2012

Publicación: BOCBA N° 4057 del 17/12/2012

[5]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref5>
http://www.infobae.com/2014/11/14/1608767-el-pro-avanza-la-entrega-terrenos-publicos-boca

https://sites.google.com/site/ingenierociviltdf/cype-ingenieros-en-nuestra-provincia

[6]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref6>
http://442.perfil.com/2012-12-20-180661-atlanta-tendra-un-nuevo-micro-estadio/

[7]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref7>
https://www.facebook.com/Manzana66?_rdr
<https://www.google.com/url?q=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2FManzana66%3F_rdr&sa=D&sntz=1&usg=AFQjCNHTwOISA7QWZiOJQbVQalN4r0RXBw>

http://www.clarin.com/ciudades/balvanera-estadio-espacio_verde-vecinos-oposicion-polemica-debate_0_1234676919.html

[8]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref8>
Art. 5 de la Ley N° 123.

[9]
<file:///E:/Abogac%C3%ADa/A%20Observatorio%20de%20derecho%20a%20la%20ciudad/A%20-%20ART%C3%8DCULOS/2015%20-%2005%20-%20mayo%20-%2029%20-%20EIA%20y%20estadios%20de%20f%C3%BAtbol%20versi%C3%B3n%20final.doc#_ftnref9>
EX-2015-04319420-MGEYA-DGSOCAI.
S/ Consulta Ley 104.

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